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Volumen 7, No. 26, octubre-diciembre 2024
ISSN: 2631-2735
Páginas 1097 - 1112
Vulneración
al principio de contradicción en la investigación previa
Infringement of the principle of contradiction
in the preliminary investigation
Violação do princípio do contraditório na
investigação preliminar
Erik Javier Villacís Núñez
abogadoerickvillacis2022@hotmail.com
https://orcid.org/0000-0001-9245-1957
Samuel Morales Castro
smoralesc@ube.edu.ec
https://orcid.org/0000-0003-1753-2516
Universidad Bolivariana del Ecuador. Ambato, Ecuador
Artículo recibido 22 de agosto 2024 | Aceptado 26 de septiembre 2024 |
Publicado 25 de octubre 2024
RESUMEN
En Ecuador, la
investigación previa constituye una etapa preprocesal que antecede al proceso
penal. Este estudio aborda cómo, en esta fase inicial, no siempre se garantiza
el derecho de las partes a participar equitativamente en la producción y
control de los elementos de convicción, lo que vulnera el principio de
contradicción. A pesar de que dicho principio es esencial para el debido
proceso, las restricciones impuestas al sospechoso en la investigación previa
generan un desequilibrio. El objetivo del estudio es analizar las situaciones
en que se vulnera este principio en Ecuador, identificando sus causas y
proponiendo soluciones para mejorar las garantías procesales en esa fase. La
metodología empleada es cualitativa, basada en el análisis de la normativa
nacional, doctrina y jurisprudencia. El principal hallazgo revela que la falta
de acceso oportuno de la defensa a los elementos de convicción recabados por la
fiscalía afecta negativamente el derecho a la defensa, comprometiendo así un
proceso justo. Se proponen reformas procesales para fortalecer la contradicción
en esta etapa clave.
Palabras clave: Contradicción; Elementos de convicción; Investigación previa
ABSTRACT
In Ecuador, the preliminary investigation is
a pre-procedural stage that precedes the criminal process. This study addresses
how, in this initial phase, the right of the parties to participate equally in
the production and control of the elements of conviction is not always
guaranteed, which violates the principle of contradiction. Although this
principle is essential for due process, the restrictions imposed on the suspect
in the preliminary investigation generate an imbalance. The objective of the
study is to analyze the situations in which this principle is violated in
Ecuador, identifying its causes and proposing solutions to improve procedural
guarantees in this phase. The methodology used is qualitative, based on the
analysis of national regulations, doctrine and jurisprudence. The main finding
reveals that the lack of timely access by the defense to the evidence collected
by the prosecution negatively affects the right to defense, thus compromising a
fair trial. Procedural reforms are proposed to strengthen contradiction at this
key stage.
Key words:
Contradiction; Elements of conviction; Preliminary investigation
RESUMO
No Equador, a
investigação preliminar é uma etapa pré-processual que antecede o processo
penal. Este estudo aborda como, nessa fase inicial, o direito das partes de
participar igualmente da produção e do controle das provas nem sempre é
garantido, o que viola o princípio do contraditório. Embora esse princípio seja
essencial para o devido processo legal, as restrições impostas ao suspeito na
investigação preliminar geram um desequilíbrio. O objetivo do estudo é analisar
as situações em que esse princípio é violado no Equador, identificando suas
causas e propondo soluções para melhorar as garantias processuais nessa etapa.
A metodologia utilizada é qualitativa, baseada na análise de regulamentos,
doutrina e jurisprudência nacionais. A principal conclusão revela que a falta
de acesso oportuno da defesa às provas coletadas pela acusação afeta
negativamente o direito de defesa, comprometendo, assim, um julgamento justo.
São propostas reformas processuais para fortalecer o contraditório nessa etapa
fundamental.
Palavras-chave: Contradição;
Elementos de convicção; Investigação preliminar
INTRODUCCIÓN
El principio de contradicción
constituye un pilar esencial del derecho procesal penal, asegurando la igualdad
de condiciones entre las partes para intervenir en el proceso, con la capacidad
de conocer, refutar y producir pruebas. En el contexto ecuatoriano, este
principio se encuentra consagrado tanto en la Constitución de la República del
Ecuador (2008) como en el Código Orgánico Integral Penal (COIP, 2014), y su aplicación
es clave para garantizar el debido proceso y la equidad en la administración de
justicia. No obstante, la investigación previa, que marca la primera etapa del
proceso penal, ha sido objeto de cuestionamientos por la frecuente vulneración
de este derecho, afectando principalmente a la defensa. Este estudio se centra
en analizar tales vulneraciones y proponer reformas que fortalezcan las
garantías procesales.
En la fase de investigación previa,
la Fiscalía General del Estado, con el apoyo de los órganos de investigación,
reúne los elementos de convicción necesarios para fundamentar la presunta
comisión de un delito. Esta etapa es crucial, ya que los elementos recabados
forman la base probatoria que influirá significativamente en las decisiones que
se tomen en las siguientes fases del proceso penal. Sin embargo, la limitada
participación de la defensa en esta fase preliminar restringe su capacidad para
ejercer el principio de contradicción, generando un desequilibrio que
compromete el derecho a la defensa.
Uno de los principales problemas
detectados en la investigación previa en Ecuador es el acceso tardío de la
defensa a la información y a los elementos de convicción recabados por la
Fiscalía. En muchos casos, la defensa toma conocimiento de las actuaciones
cuando estas ya han concluido, imposibilitando la refutación oportuna de las
pruebas. Esto no solo vulnera el principio de contradicción, sino que también
afecta el derecho a la igualdad de armas y al debido proceso, ambos
garantizados por la Constitución ecuatoriana. En un sistema de justicia
adversarial, como el ecuatoriano, el equilibrio entre las partes es fundamental
para el desarrollo de un juicio justo, y su ausencia plantea serios riesgos
para la equidad del proceso.
Además, la falta de control por parte
de la defensa sobre los elementos recabados durante la investigación previa
afecta negativamente la confianza en el sistema de justicia. Aunque la Fiscalía
tiene el deber de actuar con imparcialidad y objetividad, la limitada
intervención de la defensa en esta fase preliminar crea la percepción de que
las pruebas se obtienen y presentan de manera unilateral. Esta situación no
solo dificulta el ejercicio del derecho a controvertir los indicios, sino que
también pone en riesgo la legitimidad y la confianza en el proceso penal en su
conjunto.
El presente estudio tiene como
objetivo identificar y analizar las situaciones en las que se vulnera el
principio de contradicción en la fase de investigación previa en Ecuador. A
partir de esta investigación, se proponen soluciones que permitan mejorar la
tutela efectiva de los derechos procesales, contribuyendo así a un debate
crítico sobre la necesidad de reformas en la normativa procesal penal. Se busca
garantizar una mayor equidad y participación de las partes involucradas,
fortaleciendo el debido proceso desde las etapas iniciales del procedimiento
penal.
Revisión
literaria
El principio de contradicción es un
concepto central en el derecho procesal penal, al asegurar que las partes en un
proceso puedan participar de manera equitativa en la producción, control y
refutación de la prueba. En términos generales, este principio se deriva de la
noción de un juicio justo y es reconocido como una garantía fundamental para la
defensa en procesos judiciales (Couture, 1958). En la literatura, se ha
destacado que este derecho no solo protege a la parte acusada, sino que también
refuerza la legitimidad del proceso penal al garantizar un desarrollo
equilibrado entre la acusación y la defensa (Ferrajoli, 2006).
En el contexto latinoamericano, y
específicamente en Ecuador, la investigación previa ha sido objeto de numerosas
críticas debido a la percepción de que se vulnera el principio de
contradicción. Aguilar-Martínez y Flores-Idrovo (2022) señalan que el acceso limitado
de la defensa a los elementos de convicción en esta fase inicial del proceso
crea una situación de desigualdad que afecta negativamente la preparación y el
ejercicio del derecho a la defensa. En Ecuador, la Constitución y el COIP
reconocen la importancia del principio de contradicción, pero en la práctica,
su implementación en la etapa de investigación previa es problemática, lo que
ha generado debate sobre la necesidad de reformas (Zalamea, 2018).
En cuanto a la doctrina
internacional, Ferrajoli (2016) argumenta que el respeto al principio de
contradicción es una condición indispensable para un sistema penal que se
sustente en el debido proceso. La intervención activa de las partes en todas
las fases del procedimiento, incluida la etapa preliminar, asegura la
transparencia y equidad del sistema. No obstante, Ferrajoli (2016) también
advierte que, en sistemas penales de tradición inquisitiva, como el de muchos
países latinoamericanos, las garantías procesales pueden ser debilitadas en
etapas tempranas como la investigación previa, lo que pone en peligro el
equilibrio entre acusación y defensa.
En el ámbito ecuatoriano, la
investigación previa es una fase en la que se desarrollan actuaciones claves,
pero la defensa no tiene acceso inmediato a la información recolectada, lo que
limita su capacidad para intervenir de manera efectiva (Santacruz y Bustamante,
2023). Esta situación es especialmente crítica porque los elementos de
convicción recabados en esta etapa suelen formar la base probatoria que se utilizará
en el juicio, lo que compromete la igualdad de armas y, por ende, el debido
proceso. La Corte Constitucional del Ecuador ha señalado en varias ocasiones la
importancia de respetar el principio de contradicción, pero su jurisprudencia
también refleja la necesidad de mayores controles sobre las actuaciones en la
investigación previa (Corte Constitucional del Ecuador, 2017).
Además, la falta de acceso oportuno a
la información en la investigación previa no solo compromete el derecho a la
defensa, sino que también puede generar una percepción de parcialidad en el
sistema judicial. Según Mejía (2017), y Gavilanes (2023) la imparcialidad es un
componente esencial del proceso penal adversarial, y cualquier situación que dé
lugar a una ventaja indebida para una de las partes erosiona la confianza en el
sistema de justicia. Este argumento se refuerza con estudios que demuestran que
los sistemas judiciales que priorizan la transparencia y el equilibrio procesal
tienden a generar mayor confianza en la ciudadanía y en las partes involucradas
(Carvajal et al., 2019).
Finalmente, la literatura también ha
sugerido diversas soluciones para abordar las limitaciones actuales en la
implementación del principio de contradicción durante la investigación previa.
Krauth (2019) propone que las reformas legislativas deben centrarse en
garantizar el acceso oportuno de la defensa a los elementos de convicción desde
las primeras fases del proceso. Este enfoque permitiría una mayor participación
de la defensa en la investigación previa, fortaleciendo el principio de
contradicción y contribuyendo a un proceso más justo y equitativo.
MÉTODO
Esta investigación se desarrolló con un enfoque cualitativo,
orientado a comprender y analizar las circunstancias en las que se vulneraba el
principio de contradicción durante la investigación previa en el sistema penal
ecuatoriano. Para ello, se implementaron dos métodos principales:
Para el análisis documental se realizó un examen exhaustivo
de la normativa ecuatoriana vigente, enfocándose en la Constitución de la
República del Ecuador y el Código Orgánico Integral Penal (COIP), junto con
otras normativas nacionales e internacionales que regulan el derecho a la
defensa y el principio de contradicción. Esta revisión incluyó también
jurisprudencia emitida por la Corte Constitucional y la Corte Nacional de
Justicia de Ecuador. Con este análisis, se identificaron patrones en la
interpretación judicial que podrían haber contribuido a la vulneración del
principio de contradicción en la práctica. Además, se revisaron estudios
doctrinales y comparativos de derecho procesal penal en contextos regionales e
internacionales para situar el problema ecuatoriano en una perspectiva más
amplia y extraer posibles referencias de reformas efectivas aplicadas en otros
sistemas jurídicos.
Entrevistas a expertos: Se llevaron a cabo entrevistas
semiestructuradas con defensores públicos, fiscales, jueces y académicos
especializados en derecho penal y derechos humanos. El objetivo de estas
entrevistas fue explorar y documentar las experiencias prácticas de actores
clave en el proceso penal ecuatoriano, identificando percepciones y prácticas
que pudieran haber limitado la aplicación efectiva del principio de
contradicción en la fase investigativa. Las entrevistas fueron codificadas y
analizadas, permitiendo la identificación de temas recurrentes y factores clave
relacionados con la vulneración de este principio en la fase de investigación
previa.
Procedimiento
La recolección de datos se inició con la identificación de fuentes
normativas y jurisprudenciales clave, seguida por la selección de expertos en
derecho penal con experiencia relevante en el contexto ecuatoriano. Los datos
obtenidos tanto de los análisis documentales como de las entrevistas se
interpretaron y triangularon, generando una visión completa y fundamentada del
problema. Este proceso buscó también proponer recomendaciones concretas que
fortalecieran el respeto por el principio de contradicción desde las primeras
etapas del proceso penal.
Consideraciones éticas
Se garantizó la confidencialidad de los participantes en las
entrevistas mediante el uso de consentimiento informado, respetando sus
opiniones y experiencias. Este enfoque ético fortaleció la validez de los
hallazgos y su aplicabilidad en la práctica jurídica.
Esta metodología permitió no solo comprender las causas y
efectos de la vulneración del principio de contradicción en la fase de
investigación previa, sino también identificar propuestas orientadas a mejorar
el equilibrio procesal y reforzar el derecho a la defensa en el contexto penal
ecuatoriano.
RESULTADOS
Y DISCUSIÓN
Principio de contradicción
El análisis sobre
el principio de contradicción en el proceso penal ecuatoriano reveló la
importancia crítica de garantizar este principio, especialmente en las etapas
tempranas de investigación. De acuerdo con Burgoa (2020), el principio de
contradicción, aunque inicialmente se percibe en términos de lógica, resulta
esencial para la práctica probatoria, ya que permite que ambas partes cuestionen
y debatan sobre los hechos presentados en un juicio. Esto no solo fortalece el
debido proceso, sino que también asegura que las pruebas se mantengan bajo el
control de las partes, promoviendo una justicia equitativa.
Cornejo (2017)
señaló que la aplicación rigurosa del principio de contradicción permite que la
defensa tenga pleno acceso a las pruebas desde las etapas iniciales, como la
imputación y las audiencias preliminares. Este acceso es clave, ya que da
oportunidad al acusado de presentar pruebas de descargo antes del fallo, lo que
también refuerza el derecho a ser escuchado. En este sentido, la normativa
ecuatoriana consagra este derecho como fundamental, respaldado por el artículo
82 de la Constitución de la República del Ecuador (2008), que establece que la
seguridad jurídica se basa en el respeto a normas claras y previas, lo cual
incluye el respeto a los principios de contradicción y de defensa en un proceso
judicial.
Además, Montero
(1993) subrayó el rol del juez en garantizar la correcta administración de
justicia, asegurando que ambas partes puedan ejercer su derecho a ser
escuchadas de manera equitativa. Esto incluye la capacidad de las partes para
refutar pruebas y defender sus posiciones, lo que constituye el núcleo del
principio de contradicción. Sin embargo, en la práctica, se observan
limitaciones en su aplicación, especialmente en la fase de investigación
preliminar, donde, como indica Loor (2020), la desigualdad de acceso a las
pruebas puede socavar la integridad de la defensa, afectando así el resultado
del proceso.
El estudio
también identificó una restricción particular en la Ley Orgánica de Garantías
Jurisdiccionales y Control Constitucional (2009), que permite a los jueces
constitucionales ciertas facultades para restringir el principio de
contradicción en ciertos casos. Esto representa un desafío al garantizar el
derecho de defensa, ya que dicha limitación podría interpretarse como una
vulneración de derechos procesales fundamentales, afectando la seguridad
jurídica y el respeto al debido proceso.
En cuanto a la
prueba documental, el artículo 196, numeral 1, del Código Orgánico General de
Procesos (COGEP, 2015) establece que esta debe ser presentada en presencia de
ambas partes para que adquiera validez, lo que garantiza el derecho de la
contraparte a contradecirla. Sin embargo, cuando no se respetan estos
lineamientos, se compromete el principio de contradicción, impidiendo que la
parte contraria impugne la prueba en cuestión. En un contexto judicial, la
incorrecta presentación o el incumplimiento de los requisitos formales de la
prueba documental afectan directamente el derecho al debido proceso y la
seguridad jurídica, lo cual es esencial para la administración de justicia.
Por último, se
destaca que la aplicación del principio de contradicción no solo protege los
derechos de la defensa, sino que también resguarda el interés público, ya que
su correcta implementación contribuye a un sistema de justicia confiable y
equitativo (Palacios, 2015). La posibilidad de que ambas partes presenten y
contradigan pruebas en igualdad de condiciones fortalece la legitimidad del
proceso penal ecuatoriano, promoviendo una mayor equidad y transparencia en los
fallos judiciales.
La contradicción como principio rector en el ordenamiento jurídico ecuatoriano
La contradicción, como principio rector en el ordenamiento jurídico
ecuatoriano, representa un pilar esencial que garantiza la justicia en los
procesos judiciales. Este principio asegura que todas las partes involucradas
puedan ser escuchadas y tengan la oportunidad de contradecir las pruebas y
argumentos presentados por la contraparte, favoreciendo así un juicio justo y
equitativo. Según Cárdenas y Salazar (2021), la contradicción se consolida en
el derecho a la defensa, permitiendo que los individuos no solo presenten sus
argumentos, sino que también cuestionen las pruebas, fortaleciendo el proceso
judicial como espacio de imparcialidad.
Dentro de este contexto, el sistema jurídico ecuatoriano establece este
derecho en la Constitución (2008), señalando que su ejercicio puede verse
comprometido cuando el juez introduce pruebas de oficio sin intervención de las
partes (Cardoso, 2021). Esta situación plantea un conflicto, ya que puede
generar un desequilibrio en el proceso al no ofrecer a las partes una
oportunidad adecuada para cuestionar dichas pruebas. La introducción de pruebas
de oficio busca promover la verdad, pero si se realiza sin el debido proceso de
contradicción, puede resultar en decisiones que carezcan de legitimidad desde
la perspectiva del debido proceso (Suárez-Rodríguez, 2016).
El artículo 75 de la Constitución del Ecuador resalta que todas las
personas tienen derecho a la tutela judicial efectiva, la cual exige procesos
transparentes, rápidos, y sin indefensión. Sin embargo, como menciona Lascano
(2022), la facultad del juez para actuar de oficio, aunque destinada a mejorar
la objetividad en la obtención de la verdad, puede vulnerar este derecho
fundamental al impedir que las partes puedan impugnar adecuadamente las pruebas
presentadas sin su solicitud o intervención. Este principio se opone también al
principio dispositivo, el cual permite que las partes controlen el desarrollo
del proceso judicial, limitando la intervención del juez a su rol de garante de
imparcialidad y objetividad.
En este sentido, la prueba de oficio, según Lascano (2022) es percibida
como una práctica inconstitucional cuando vulnera derechos y principios
esenciales como la contradicción y la tutela judicial efectiva. La intervención
del juez sin la participación de las partes en la presentación de pruebas
debilita la equidad procesal, pues las partes quedan en una situación de
indefensión al no poder rebatir las pruebas obtenidas unilateralmente. Por
ende, es fundamental que el sistema ecuatoriano encuentre un equilibrio entre
la búsqueda de la verdad y la garantía de los derechos procesales, priorizando
mecanismos que aseguren la participación activa de las partes en todas las
fases del proceso judicial (León, 2023).
Finalmente, el presente análisis contribuye a entender las implicaciones
de la contradicción en la justicia ecuatoriana y su relación con prácticas como
la prueba de oficio. La tutela judicial efectiva, la imparcialidad y la defensa
se ven afectados cuando no se respeta el derecho a la contradicción, subrayando
la necesidad de reformar ciertas prácticas judiciales para asegurar que el
sistema legal mantenga su compromiso con la justicia y la equidad en todos los
niveles del proceso (Echandía, 1981).
El garantismo penal
El garantismo penal, como lo define Ferrajoli (1992), sostiene una
concepción de derecho penal mínimo que establece fuertes restricciones al poder
punitivo del Estado. Este marco se manifiesta en dos tipos de garantías:
Garantías penales
sustantivas. Incluyen principios fundamentales
como la legalidad, la taxatividad, y la culpabilidad. Estos principios aseguran
que las leyes penales se apliquen de manera predecible y justa, limitando el
alcance de lo que puede ser considerado delito para evitar la arbitrariedad
estatal (Pereira, 2018).
Garantías procesales. Buscan asegurar un juicio justo, destacando la
contradicción y la igualdad de armas entre la acusación y la defensa, la
independencia judicial, y la carga de la prueba en quien acusa. Estos
principios permiten que las partes puedan defenderse eficazmente y que el juez
actúe imparcialmente, promoviendo la presunción de inocencia hasta que se
demuestre lo contrario (Águila, 2020).
El garantismo, más allá de ser una serie de principios, constituye una
postura filosófica y política que intenta limitar el uso del derecho penal como
herramienta de control social y reducir su impacto como fuente de violencia.
Ferrajoli (1992) argumenta que el derecho penal debe proteger a los individuos
no solo de otros delitos, sino también del poder punitivo del Estado. En esta
línea, se considera que la función principal del derecho penal en una sociedad
democrática es prevenir el abuso de poder y garantizar que las penas no se
apliquen de forma desproporcionada o injusta.
Asimismo, Ferrajoli (1992) observa una crisis en el modelo del Estado de
derecho, la cual surge de la tensión entre los principios del Estado liberal y
el rol del Estado de bienestar. Esta crisis es visible en el carácter selectivo
y desigual de la aplicación del derecho penal, que tiende a castigar más a
ciertos grupos y perpetuar desigualdades estructurales. Además, el proceso de
globalización y los cambios en la soberanía estatal han debilitado el control
que los Estados tienen sobre sus políticas penales y sociales, afectando la
eficacia de las garantías constitucionales en el contexto del derecho penal.
Por otro lado, la expansión del garantismo hacia el ámbito del
constitucionalismo permite vincular la protección de los derechos fundamentales
con la idea de un Estado democrático que limita sus propios poderes en
beneficio de los individuos. Este paradigma busca no solo proteger las
libertades individuales, sino también garantizar derechos sociales mediante la
regulación de los poderes públicos y privados (Ferrajoli, 1992).
El proceso penal
En el
proceso penal ecuatoriano, el debido
proceso es un principio constitucional clave para proteger los derechos
de los ciudadanos ante el poder punitivo del Estado. Basado en la Constitución de la República del Ecuador de
2008, el objetivo del debido proceso es impedir abusos por parte del
Estado al ejercer su facultad sancionadora (ius puniendi), garantizando el respeto de derechos básicos, como
la presunción de inocencia, que
establece que todo acusado debe ser tratado como inocente hasta que una
sentencia judicial lo declare culpable. Este principio se encuentra reflejado
en el artículo 76 de la Constitución, que asegura una justicia pronta e
imparcial, indispensable en una sociedad democrática para proporcionar
seguridad y confianza en la administración de justicia (Guerrero, 2018;
Moscoso, 2024).
Entre las garantías que
sustentan el debido proceso se encuentran:
El principio de imparcialidad del tribunal
es también un pilar de la legitimidad en los procesos judiciales, asegurando
que las decisiones sean emitidas sin influencia indebida y con justicia
objetiva. El marco legal ecuatoriano, fundamentado en estos principios, busca
evitar cualquier violación del derecho a un juicio justo, particularmente en
los casos donde está en juego la libertad de una persona (Constitución de la
República del Ecuador, 2008; Guerrero, 2018). La relevancia de estas garantías
radica en que no solo protegen a los acusados, sino que también fortalecen la
credibilidad del sistema judicial ecuatoriano, proporcionando un entorno justo
y equitativo para todos los ciudadanos.
La investigación previa
La investigación previa en el proceso
penal ecuatoriano es una etapa crítica que precede al proceso formal y se
centra en la recolección de pruebas para determinar si hay fundamentos para
proceder con una imputación. Como afirman Saldaña et al., (2019) esta fase es
esencialmente pre procesal y tiene lugar contra sospechosos de un delito,
buscando construir un caso basado en evidencias claras y verificables. Este
proceso inicial, al igual que los protocolos detallados por Pesantes et al.,
(2019) comienza con la noticia criminis
en el lugar de los hechos y sigue una secuencia de procedimientos: preservación
del sitio, recolección de pruebas, reconocimiento de la víctima y búsqueda de
información sobre el victimario, asegurando que las pruebas se obtengan de
manera cuidadosa y precisa.
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) de 2014,
en su artículo 580, resalta que los elementos probatorios recolectados deben
incluir tanto pruebas de cargo como de descargo, permitiendo al fiscal tomar
decisiones imparciales y apegadas a la legalidad, especialmente en la etapa
preliminar donde se determina si es procedente una imputación formal (COIP,
2014). Esto es apoyado por Espín (2020), quien enfatiza la necesidad de
verificar si el hecho denunciado tiene elementos delictivos, descartando de inmediato
aquellas denuncias que no lo tienen o que son evidentemente falsas. Fernández
(2022) también subraya la función del fiscal en esta etapa, asegurando que las
evidencias sean suficientes y transparentes, manteniendo al tribunal imparcial
y evitando que el proceso judicial se contamine con presunciones indebidas o
influencias sesgadas.
La Fiscalía desempeña un papel central en
este proceso de indagación, pero también enfrenta desafíos significativos, como
señalan Morocho y Ortega (2022). En el sistema de justicia ecuatoriano, existen
múltiples factores que influyen en la imparcialidad
y efectividad del proceso, que incluye presiones de diversos actores y recursos
limitados, lo que puede dificultar el proceso investigativo. Durán y Henríquez
(2021) puntualizan que el fiscal debe actuar con una neutralidad estricta, sin
realizar acciones que perjudiquen al sospechoso sin bases firmes, manteniendo
la objetividad y profesionalismo en todo momento.
Finalmente,
Rolón (2021) señala que el fiscal es responsable de garantizar que todas las
actividades en esta etapa respeten los principios procesales y los derechos de
las partes involucradas, con una duración que varía según el tipo de delito. Si
faltan evidencias suficientes, el caso puede ser archivado, pero también es
posible reabrirlo si surgen nuevos elementos probatorios dentro del plazo
establecido, manteniendo así un equilibrio entre el deber investigativo y el
respeto a los derechos del investigado.
Esta fase
investigativa, entonces, no solo garantiza un proceso penal justo, sino que
busca prevenir errores judiciales y mantener la confianza en el sistema de
justicia ecuatoriano.
Discusión
En el análisis de la discusión sobre el principio de contradicción, se
evidencian elementos clave en la práctica del derecho procesal, específicamente
en la fase de investigación previa y en el juicio oral. Este principio asegura
que todas las pruebas presentadas por las partes puedan ser examinadas y
cuestionadas, brindando una oportunidad justa para la defensa y la confrontación
de evidencias. Como indica Azula (2018), esta garantía requiere que las pruebas
cumplan con los requisitos procesales establecidos, y permite al juez decidir
sobre pruebas adicionales, fortaleciendo la objetividad del proceso judicial.
Además, el objetivo de la prueba de demostrar la veracidad y la precisión
en los hechos permite que el juzgador alcance una convicción fundamentada en
evidencias válidas (Rivera, 2009). La Constitución de Ecuador (2008) respalda
esta premisa al declarar la invalidez de las pruebas obtenidas en violación de
normas constitucionales, protegiendo así los derechos procesales de las partes
y promoviendo un procedimiento justo y legal (Art. 76, num. 4). Haddad (2017)
también señala la importancia del principio de contradicción para la formación
de una decisión judicial basada en pruebas analizadas críticamente,
garantizando así el derecho a la defensa.
En la práctica judicial ecuatoriana, se han identificado desafíos en el
cumplimiento efectivo de este principio durante la investigación previa. La
notificación tardía al sospechoso, como apunta Jaramillo (2019), representa un
problema recurrente, impidiendo la participación activa del investigado en la
fase inicial y restringiendo su derecho a replicar las pruebas recabadas. Este
retraso limita la capacidad de defensa, lo que se observa especialmente en
casos donde la Fiscalía opta por añadir a un procesado al final de una
investigación, sin darle oportunidad suficiente para conocer o cuestionar los
elementos de convicción en su contra (Durán y Henríquez, 2021). Estos
obstáculos resaltan la necesidad de reformar el marco jurídico para proteger el
principio de contradicción desde las primeras etapas del proceso, asegurando
que el sospechoso tenga acceso adecuado y en tiempo a la información
recopilada, así como a la posibilidad de ejercer su derecho a la defensa y a
solicitar pruebas adicionales.
Este análisis resalta la relevancia de que el Estado de Derecho y las
instituciones de justicia establezcan prácticas que garanticen el cumplimiento
del principio de contradicción en todas las fases procesales, considerando la
igualdad de condiciones para ambas partes y evitando cualquier desequilibrio
que afecte los derechos del procesado.
CONCLUSIONES
En función del objetivo planteado, es evidente que la adecuación
normativa es crucial para garantizar un acceso inmediato y pleno de la defensa
a los elementos de convicción recopilados en la investigación previa. Esta
adaptación legal permitiría una participación efectiva y equitativa de la
defensa desde las etapas iniciales del proceso penal, asegurando que el
principio de contradicción sea respetado y que el acusado cuente con la
posibilidad de intervenir activamente en el análisis de las pruebas
presentadas.
Además, la supervisión judicial intensificada en esta fase resulta
fundamental para evitar acciones unilaterales por parte de la Fiscalía que
puedan afectar la imparcialidad y el derecho de defensa del acusado. Un control
judicial riguroso aseguraría que la recopilación y presentación de pruebas se
ajusten a los principios constitucionales, ofreciendo a la defensa la
oportunidad de cuestionar la legalidad y relevancia de los elementos de
convicción desde el inicio del proceso.
Por último, el fortalecimiento de la formación continua para los
defensores públicos en derechos procesales de los investigados, especialmente
en lo relativo a la prueba y la intervención en la investigación previa,
constituye un pilar esencial para una defensa robusta. Este enfoque permitiría
que el principio de contradicción se materialice de manera efectiva y
equilibrada en todas las fases del proceso penal, favoreciendo un ejercicio
justo del derecho a la defensa y contribuyendo a la protección de las garantías
procesales en su totalidad.
CONFLICTO DE
INTERESES. Los autores declaran que no existe conflicto de intereses
para la publicación del presente artículo científico.
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